pension familiar

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¿Sabe qué es una pensión familiar y si puede acceder a ella?

 

Colpensiones y los fondos privados les dan esta opción a las parejas que no alcanzaron a cotizar las semanas necesarias y cumplen ciertos requisitos.

 

Muchas parejas trabajaron y cotizaron en el sistema pensional con rigor durante años, pero en algún momento de sus vidas quedaron cesantes o desempleadas, situación que las llena de angustia, pues temen no poder disfrutar de una pensión en su edad más adulta y vejez.

Para estas personas, la legislación colombiana estableció el modelo de ‘Pensión familiar’, que es una opción para quienes por sí solos no alcanzan una pensión de vejez.

El modelo consiste en sumar los ahorros pensionales o semanas de los integrantes de una pareja casada o en unión libre y escoger, bien sea el régimen público (Colpensiones) o los fondos privados (Colfondos, Old Mutual, Porvenir y Protección)para obtener una pensión.

Hay claras diferencias y desinformación entre escoger un fondo privado o el régimen público.

Para acceder a una pensión familiar en Colpensiones se requiere haber cotizado durante al menos 1.300 semanas y otro requisito es que la pareja pertenezca al Sisbén 1 o 2.

Por su parte, en los fondos privados existen dos vías para lograr esta pensión: con la suma del capital de la pareja, o sumando 1.150 semanas entre ambos, es decir, tres años menos que en el régimen público, para obtener al final exactamente la misma pensión. En los fondos privados no se exige que pertenezcan al Sisbén.

Además, si la pensión se da por ahorro, ésta puede superar el salario mínimo, lo que no ocurre en el sistema pensional público.

“La pensión familiar es una gran oportunidad para lograr un ingreso estable en la vejez que por diferentes motivos la pareja no podría lograr de manera individual, y en los fondos de pensiones es mucho más fácil acceder a esta pensión pues no existen los condicionamientos que sí hay en Colpensiones”, señala Jorge Llano, Director de Estudios Económicos de Asofondos, el gremio que representa a los fondos de pensiones en Colombia.

Aunque los ciudadanos pueden escoger el sistema que prefieran, público o privado, la cifra de personas que tramitan una pensión familiar en los fondos privados aun es baja, debido a que el 84 por ciento de sus afiliados son menores 44 años.

 

¿CÓMO ES EN EL RÉGIMEN PÚBLICO?

Por su parte, el presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, resalta las bondades de este programa en el que “cada uno de los miembros de la pareja recibe 50 % del monto total de la prestación que se les reconozca, lo cual permite ampliar coberturas y que más colombianos aseguren un sustento para su vejez”.

La entidad pública informó recientemente que está educando y asesorando a las familias para que disfruten de este beneficio, y que a la fecha más de 91 familias en todo el país gozan del beneficio de la ‘Pensión Familiar’, después de haber cumplido con los requisitos necesarios.

La normativa en Colombia señala que para acceder a una pensión familiar, al cumplir 45 años de edad, cada uno de los miembros de la pareja haya cotizado 25 % de las semanas requeridas para acceder a la pensión de vejez.

También se debe acreditar más de 5 años de relación conyugal o convivencia permanente y que esta convivencia se produzca antes de los 55 años de edad de los miembros de la pareja.

Asimismo, que la suma de los tiempos cotizados por cada uno sea superior al mínimo de semanas exigidas para el reconocimiento de una pensión de vejez.

Colpensiones indicó que entre el 30 de diciembre de 2014 al 30 de abril de 2016, se han presentado más de 733 solicitudes de Pensión Familiar.

 

MITOS Y VERDADES DEL SISTEMA PENSIONAL

En los fondos privados, la plata, el ahorro y los rendimientos son del afiliado. En Colpensiones, los recursos son del Presupuesto General, y por eso las restricciones: para evitar problemas de sostenibilidad. El rubro más grande del Presupuesto se destina al pago de pensiones.

En el régimen privado la plata y sus rendimientos son para el afiliado y se les devuelve ese ahorro con rentabilidades, mientras que en Colpensiones le devuelven aportes ajustados inflación. No hay ninguna tasa de interés.

Por ejemplo, asumiendo una tasa de interés real del 5 por ciento, una persona que gana el salario mínimo y cotiza 1.000 semanas recibiría 35 millones de pesos en un fondo privado, mientras que en Colpensiones recibiría 11 millones de pesos.

Jorge Llano agrega que “todas las estimaciones de Minhacienda calculan que la cobertura de afiliados de Colpensiones va a ser del 10 por ciento, al 90 por ciento restante le van a entregar aportes solamente con inflación. Van a perder los rendimientos generados que obtendrían si cotizarán en un fondo privado”.

 

¿CÓMO CAMBIARSE DE UN RÉGIMEN A OTRO?

Jorge Llano explica que hace dos años, la gente tomaba decisiones poco acertadas para realizar este traslado. “Ahora, el Gobierno nacional cambió normativa: la doble asesoría, que la deben realizar tanto los fondos privados como Colpensiones”.

El funcionario de Asofondos explica que antes, “si alguien se quería pasar de un lado a otro, simplemente iba Colpensiones y se trasladaba. Nadie explicaba beneficios ni condiciones ni se hablaba de la historia laboral”.

Esto cambiará a partir del próximo mes de octubre, gracias a la doble asesoría. “El mensaje es se tome una decisión con mejor información y a partir de octubre”, dice Llano.

Mucha gente se queda en el régimen público pues considera que su ahorro pensional está más seguro allí, pues el Estado nunca se quebrará, mientras que alguna mayoría considera que una crisis económica pondría en riesgo el ahorro pensional en un fondo privado, pues la diversificación del ahorro haría que esa plata corriera mayor riesgo.

Al respecto, Llano señala que: “No es tan cierto que que las naciones no se quiebren, y se ha visto recientemente, con las quiebras de Grecia, España, Brasil o Uruguay, que están tan endeudados en parte, por sus sistemas pensionales. Grecia y España han empezado a bajar las pensiones, igual que Suecia o Alemania. Los países sí se quiebran y por el sistema pensional”, dice.

Llano agrega que la posible quiebra de los fondos privados es un mito. “Los fondos de pensiones tienen invertidos los recursos de los afiliados en muchos activos, afuera del país, en deuda pública, en acciones, y activos inmobiliarios. Para que se quiebre alguno debe pasar el apocalipsis”.

De todas maneras, el cambio es sencillo: se visita el fondo privado al cual se quiera trasladar el ahorro pensional, se tramita un formulario que se entrega posteriormente a Colpensiones y se genera un bono pensional. En este traspaso no se pierde ni antigüedad ni ahorro.

 

SI YA SE CAMBIÓ A UN PRIVADO, TENGA EN CUENTA…

Los fondos privados tienen plata para administrar, y son recursos de sus afiliados. Hay tres opciones para administrarlos: el fondo de mayor riesgo, el fondo moderado y el fondo conservador.

Los jóvenes (hasta 40 años) deberían optar por el de Mayor riesgo, generalmente. Allí es mucho mejor la rentabilidad de largo plazo. Luego de los 40 años, deberían pasarse al Moderado y en edad de pensión pasarse al Conservador.

Jaime Viana Rojas
Editor Portafolio.co
jaivia@eltiempo.com