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Cinco mecanismos que puede usar para financiar el pago del impuesto de renta

 

Para que el pago del impuesto de renta no se le convierta en un dolor de cabeza y tenga que sumar una deuda más por las sanciones al no contar con efectivo, LR hizo un sondeo y tiene para usted cinco mecanismos diferentes con los que puede financiar este tributo. También, las tasas que manejan tres de los bancos más grandes del país.

 

 

“En este caso, es mejor que utilice alguna de las opciones para estar al día, si no lo hace, deberá endeudarse con una sanción mucho mayor por no pagar. A eso, súmele los intereses de mora”, comentó Alfredo Barragán, experto en banca.

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El primer mecanismo es la tarjeta de crédito. En la mayoría de bancos podrá realizar el pago por medio de su tarjeta MasterCard o Visa. “La principal ventaja es que así las personas no se someten a un proceso de aprobación de crédito normal y, además, algunos de los bancos cobran solo la mitad de la tasa”, dijo Daniel Castellanos, especialista en banca.

En este segmento, Colpatria ofrece tasa mensual de 2,2%; Bancolombia de 1,9%; y Davivienda, de 2,1%.

El crédito de libre inversión es otra opción. Se demora cinco días en ser aprobado y la factura la emite mensualmente el banco y se la envía. En este caso, Colpatria tiene una tasa de interés de 1,7%; Bancolombia de 2%, y Davivienda de 2,1%.

El tercer mecanismo es el crédito con su fondo de empleados, que se demora dos días en ser aprobado y cuyo monto depende del ahorro que tiene. La tasa promedio en este caso es de 1%y debe tener en cuenta que el valor es descontado del pago de su nómina.

La libranza también es una opción. Aunque aquí debe tener en cuenta que “el financiamiento depende de la capacidad de endeudamiento y pago que tenga el usuario”, resaltó Barragán. Colpatria ofrece tasa de 1,2%; Bancolombia de 1,1%; y Davivienda de 1,2%. Debe tener en cuenta las entidades con las que su empresa tiene convenio.

En último lugar están los sobregiros, que tienen aprobación inmediata y cuotas de corto plazo (máximo 30 días). El cupo de sobregiro debe ser equivalente al monto del pago del impuesto. En este caso, aplica la tasa de interés plena.

¿Cuándo debe declarar renta?

Si cumple con alguna de estas características debe declarar renta: si el año pasado obtuvo ingresos superiores a $38,4 millones; si su patrimonio bruto al finalizar 2014 fue mayor a $123,6  millones; si durante el último año realizó compras y/o consumo de bienes por más de $76,9 millones; y si realizó consignaciones en sus cuentas bancarias el año pasado por más de $123 millones. Además, debe saber que ya está en marcha el calendario de vencimiento de plazos (del 11 de agosto al 21 de octubre) para este pago, el cual depende de los dos últimos dígitos del NIT o cédula.

Las opiniones

Alfredo Barragán
experto en banca

“Es mejor utilizar alguna de las opciones para estar al día, si no lo hace, deberá endeudarse con una sanción mucho mayor por no pagar. A eso súmele los intereses de mora”.

Daniel Castellanos
Especialista en  banca

“Con la tarjeta de crédito, la principal ventaja es que los usuarios no se están sometiendo a un proceso de aprobación de crédito normal. Y también cuentan con plazos”.

Fuente: http://www.larepublica.co/