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La vida y el patrimonio familiar deben estar protegidos. DIEZ pólizas de seguros que todos debemos tener:

 

Seguros que protegen la vida:

  1. SOAT
  2. Salud POS y Voluntario de Salud: prepagada o póliza de cobertura.
  3. Seguro de Educación
  4. Seguro de Vida
  5. Seguro Exequial
  6. Seguro Pensional
  7. Riesgos Laborales

Seguros que protegen el patrimonio familiar:

  1. Hipotecario
  2. Voluntario del hogar: incendio, terremoto, inundación y otros.
  3. Voluntario de automóviles.

 

SOAT

Es el seguro obligatorio de vehículos y cubre lesión o muerte de terceras personas.

Salud POS y Voluntario de Salud

En Colombia, quienes tienen un empleo disponen del aseguramiento al denominado Plan Obligatorio de Salud (POS). Quienes estén en capacidad de hacerlo, pueden tomar un seguro adicional de Medicina Prepagada. También existen pólizas de hospitalización efectivas para cubrir imprevistos, relacionados con accidentes, hospitalización o enfermedades repentinas que requieren atención inmediata.

Las personas de bajos recursos disponen del Sisbén, un servicio de aseguramiento estatal que garantiza la atención médica básica de las personas.

Seguro de Educación

Este seguro permite prever las necesidades futuras de gasto en educación de los hijos y asegurar su formación. Hay diversas modalidades de pólizas para este tipo de amparo, con coberturas en diferentes niveles.

Seguro de Vida

Se refiere a muerte natural, violenta o accidental. Esta póliza también ofrece la cobertura por incapacidad total o parcial.

Créditos: Todos los préstamos otorgados por el sistema financiero están amparados por un seguro en caso de fallecimiento del deudor. Esta póliza tiene como objetivo evitar procesos de recuperación de cartera contra los bienes dejados por el titular. Una de las condiciones básicas de este seguro es que el deudor esté al día en el pago de las cuotas.

Pensión

Es necesario contar con un ahorro para garantizar un ingreso en la vejez o cuando atravesamos eventos inesperados como la muerte o la invalidez.

La Ley 100 de 1993 estableció que el pensionado puede elegir una renta vitalicia inmediata, un retiro programado con renta vitalicia diferida o un retiro programado, así como otras formas de ingresos para la etapa del retiro laboral.

La industria aseguradora se dedica a las rentas vitalicias, mecanismo de pensión por medio del cual un beneficiario recibe un monto mensual por todo el tiempo que dure su vida y que se ajusta anualmente con base en el Índice de Precios del Consumidor, IPC, o con el incremento legal del salario mínimo dependiendo del caso.

Existe además el seguro previsional para las personas que realizan su ahorro pensional con las Administradoras de Fondos de Pensiones para enfrentar dificultades económicas al afrontar situaciones inesperadas como la muerte o la invalidez.

Seguro de Pensión

Garantiza a los cotizantes una pensión en caso de invalidez o muerte. Tras el cumplimiento de los requisitos, cualquier ciudadano puede obtener la pensión de vejez, bien sea mediante el reconocimiento de renta vitalicia o renta programada. Los afiliados a Colpensiones están cubiertos por el régimen de prima media.

Seguro Hipotecario

Cuando alguien compra una casa o un apartamento a crédito, el banco exige un seguro para cubrir la deuda en caso de fallecimiento del titular del inmueble. Si la persona fallece, la deuda queda saldada. En esta póliza es clave mantener actualizado el valor asegurado, a fin de que la protección no se desvalorice.

Seguro Voluntario del Hogar (contra incendio, terremoto, inundación y otros)

Este seguro está asociado al hipotecario. La protección depende del tipo de cobertura establecida en la póliza contratada por el propietario del bien. Por ejemplo, cuando una persona compra una casa o un apartamento, debe tomar un seguro contra incendio, terremoto o inundación y otros daños.

La mayoría de los productos que ofrecen las aseguradoras para la protección voluntaria del hogar incluye la cobertura a los muebles. La palabra ‘otros’ se refiere a explosión interna, escapes de gas, robo de joyas, daños en tuberías, asonada, motín, actos malintencionados de terceros, daños en muebles y enseres, pago del servicio de bomberos y hasta la mordida que su perro le pueda ocasionar a un tercero. Otro de los seguros a inmueble es el obligatorio para zonas comunes. Cubre gimnasio, piscina, equipos, entre otros.

Seguro Voluntario de Automóviles

Comprenden tres amparos básicos:

  • Responsabilidad civil (cubre daños a terceros, lesiones o muerte y asistencia jurídica)
  • Daños parciales o totales,
  • Hurtos parciales o totales.

LOS SEGUROS QUE USTED NO SABE QUE TIENE Y QUE NO COBRA
(Seguros Invisibles)

La viuda que no recibe el dinero que le dejó su esposo por medio de un seguro, porque nunca le contó que ella era su beneficiaria; los familiares de un difunto que siguen pagando sus créditos sin saber que no solo queda pago, sino que, además, es posible que le queden excedentes, y el viajero que compra un seguro médico internacional (assist card) sin saber que su tarjeta de crédito le da derecho a uno, están siendo víctimas de lo que se llama los seguros invisibles.

En Colombia existen 57 seguros obligatorios que rodean la vida cotidiana de las personas. Los hay para el transporte público, las construcciones en curso, los espectáculos y los que tienen que comprar las concesiones de carreteras y que se adquieren de manera automática cuando se paga un peaje. También los que las empresas adquieren para sus trabajadores y que muchas veces se dejan de cobrar porque no se conocen. Sin contar con el centenar de seguros voluntarios, como el de vida y contra robos.

Amparos desconocidos de su carro

Quizá no lo sepa, pero el seguro de su vehículo no solo lo cubre en casos de robo o accidentes, sino también en daños a viviendas y a otras propiedades, que no están amparados por el seguro obligatorio Soat. En el caso de los vehículos de servicio público, además del Soat (obligatorio) y el de todo riesgo (voluntario), deben tener un seguro denominado de Transporte Público. Las pólizas tienen topes; si usted sufre un accidente y agota la cobertura del Soat, puede acudir a los otros.

Pensiones que se pierden

Muchas veces, los seguros que por ley adquiere una empresa para sus empleados, se quedan sin cobrar por desconocimiento. Tal es el caso de los seguros Vida que las compañías contratan para los trabajadores que tienen menos de 50 semanas cotizadas en su fondo de pensiones. Si el empleado muere, estos seguros les otorgan a sus familiares 12 salarios iguales a los que ganaba en vida. Estos fondos toman otras pólizas que cubren a las personas que tienen más de 50 semanas cotizadas, para que, en caso de fallecimiento, sea su familia la que obtenga la pensión.

Seguros de su tarjeta que no aprovecha

Su tarjeta de crédito tiene varios seguros con beneficios que usted muchas veces desconoce, como el amparo de accidentes en viajes. En el caso de American Express, éste cubre hasta un millón de dólares. Con esa póliza no es necesario que compre un seguro de viaje cuando salga del país, pues bastaría con una certificación del banco. También le cubre gastos médicos y hasta le paga el tiquete de regreso si un familiar suyo llega a morir mientras usted está viajando. También le ofrece un seguro de renta de carros hasta por 50 mil dólares.

Excedentes que nadie reclama

Los créditos en los bancos suponen la adquisición de un seguro para que en caso de fallecimiento del deudor estos queden pagos. Además, estas pólizas se adquieren por el valor total de la deuda, pero es posible que el día que el tomador muera, esta ya esté cubierta en buena parte, por lo que, al momento de hacerla efectiva, su beneficiario podría reclamar el excedente.

 Los seguros de vida que nunca se pagan

Si un familiar suyo murió y usted no sabe que él tenía un seguro de vida y además que lo dejó como beneficiario, es probable que este dinero se pierda, pues las aseguradoras dicen no tener la capacidad de saber si uno de sus clientes falleció. Por ello se recomienda acudir a Fasecolda, que deberá notificar a las compañías para que le informen si su allegado dejó un seguro, según la La Ley 1328 del 2009 que obligó a estas empresas a crear una lista única de seguros.

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Fuente: Equinnova y Tiempo.com